El Arrendamiento Financiero es un contrato en el cual intervienen dos partes, denominadas respectivamente ARRENDADOR Y ARRENDATARIO, mediante el cual el primero da al segundo un bien determinado para que lo utilice durante un tiempo preestablecido a cambio del pago de un precio.
ESTIPULACIONES DE UN CONTRATO DE ARRENDAMIENTO:
Las estipulaciones acordadas entre el ARRENDADOR y el ARRENDATARIO pueden variar ampliamente y estar limitadas solo por el ingenio de las partes y por las caracteristicas del activo arrendado.
Las siguientes son las mas comunes en un contrato:
1) LA DURACIÓN: esta puede ser desde unos momentos hasta la vida económica total que se espera del activo arrendado (Vida Útil)
2) LOS PAGOS: estos pueden ser iguales de un año a otro, pueden aumentar o disminuir. Se puede determinar previamente o variar con la tasa de interés o con el IPC o con cualquier otro factor.
3) LAS OBLIGACIONES: (Costos ejecutorios) Estos pueden ser asumidos por el arrendador o por el arrendatario o se pueden repartir entre los dos.
4) FALTA DE PAGO: en estos casos el ARRENDAOR puede considerar como de plazo vencido todas las rentas futuras.
5) ALTERNATIVAS DEL ARRENDATARIO A LA TERMINACION DEL CONTRATO: pueden ser desde ninguna hasta el derecho de comprar el activo arrendado a su justo valor de mercado o de renovar o comprar a un precio normal.
6) OPCION DE COMPRA ESPECIAL: permite al ARRENDATARIO comprar el bien arrendado a un pecio menor que el valor justo esperado que tendrá dicho bien en la fecha en que se puede ejercer la accion.
VENTAJAS DEL FINANCIAMIENTO A TRAVÉS DEL ARRENDAMIENTO
Las mas comunes son las siguientes:
1) Permite un financiamiento del 100% contra uno de 60 a 80% que se obtiene con la compra, conservándose así el efectivo y el capital de trabajo.
2) Permite efectuar rapidos cambios en el equipo, reduce el riesgo de obsolecencia y en muchos casos transfiere dicho riesgo al ARRENDADOR en el valor residual (Valor de Salvamento)
3) Permite cancelar el costo total del activo incluyendo los terrenos y los valores residuales y proporciona ventajas fiscales, mediante la aceleracion de las deducciones.
PARA EL ARRENDATARIO:
TIPOS DE ARRENDAMIENTO:
1) ARRENDAMIENTO OPERATIVO: es el contrato que establece el uso o el goce temporal de un bien, con la característica de que no existe opción de comprar al finalizar el contrato o, como lo menciona la NIC 17, parrafo 8: " ...se clasificara en un arrendamiento como operativo, si no se han transferido sustancialmete todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad"
2) ARRENDAMIENTO FINANCIERO: es un contrato a través del cual el ARRENDADOR concede al ARRENDATARIO el goce y el uso de bienes muebles o inmuebles durante un tiempo determinado, obligándose el ARRENDATARIO a pagar un canon de arrendamiento y cualquier orto costo establecido por el ARRENDADOR.
CRITERIOS:
1) El arrendamiento transfiere la propiedad del bien al ARRENDATARIO.
2) El arrendamiento contiene una opción de compra a precio especial
3) La duración del arrendamiento es igual al 75% o mas de la vida económica estimada del bien convenido.
4) El valor actual de los pagos por arrendamiento mínimo excluyendo los costos ejecutorios es igual o excede al 90% del valor justo del bien arrendado.
PARA EL ARRENDADOR:
TIPOS DE ARRENDAMIENTO:
1) ARRENDAMIENTO OPERATIVO
2) ARRENDAMIENTO FINANCIERO
2.1) ARRENDAMIENTO DE FINANCIAMIENTO DIRECTO: si el costo es igual o coincide con el valor justo se considera se considera un arrendamiento de este tipo
2.2) ARRENDAMIENTO TIPO VENTA: si el costo no coincide con el valor justo, es de este tipo
CONTABILIZACIÓN POR PARTE DEL ARRENDADOR:
Si a la fecha de iniciación del arrendaniento el ARRENDADOR es parte de un contrato que satisfaga uno o mas criterios del grupo I y ambos criterios del grupo II el ARRENDADOR clasificara y contabilizara dicho contrato como arrendamiento de financiamiento o arrendamiento tipo venta.
1) Que el arrendamiento transfiere la propiedad del bien al ARRENDATARIO.
2) El arrendamiento contiene una opción de compra a precio especial
3) La duración del arrendamiento es igual al 75% o mas de la vida económica estimada del bien arrendado
4) El valor de los pagos por el arrendamiento mínimo excluyendo los costos ejecutorios es igual o excede al 90% del valor justo del bien arrendado
1) La posibilidad de cobrar los pagos a que se obliga al ARRENDATARIO se puede predecir razonablemente
2) No hay incertidumbres importantes respecto al importe de los costos no reembolsables en que incurrira el ARRENDADOR debido al contrato (consiste en que la arrendaora no incurrira en otros costos distintos a los estipulados en el contrato)